Acuerdo de Confidencialidad

Ambas partes se reconocen recíprocamente con capacidad para obligarse y, al efecto,

suscriben el presente Acuerdo de Confidencialidad y de No Divulgación de Información en base

a las siguientes ESTIPULACIONES:

PRIMERA.- Objeto. El presente Acuerdo se refiere a la información que EL DIVULGANTE

proporcione al RECEPTOR, ya sea de forma oral, gráfica o escrita y, en estos dos últimos casos,

ya esté contenida en cualquier tipo de documento, para identificar una(las) propuesta(s) de

innovación, o en su caso, para estructurar un(los) proyecto(s) de innovación, que se están

desarrollando / que se van a desarrollar.

SEGUNDA.- 1. EL RECEPTOR únicamente utilizará la información facilitada por EL DIVULGANTE

para el fin mencionado en la Estipulación anterior, comprometiéndose EL RECEPTOR a

mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, advirtiendo de dicho

deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por

su relación con EL RECEPTOR, deba tener acceso a dicha información para el correcto

cumplimiento de las obligaciones del RECEPTOR para con EL DIVULGANTE.

2. EL RECEPTOR o las personas mencionadas en el párrafo anterior no podrán reproducir,

modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente Acuerdo sin

previa autorización escrita y expresa del DIVULGANTE.

3. De igual forma, EL RECEPTOR adoptará respecto de la información objeto de este Acuerdo

las mismas medidas de seguridad que adoptaría normalmente respecto a la información

confidencial de su propia Empresa, evitando en la medida de lo posible su pérdida, robo o

sustracción.

TERCERA.- Sin perjuicio de lo estipulado en el presente Acuerdo, ambas partes aceptan que la

obligación de confidencialidad no se aplicará en los siguientes casos:

a) Cuando la información se encontrara en el dominio público en el momento de su

suministro al RECEPTOR o, una vez suministrada la información, ésta acceda al dominio

público sin infracción de ninguna de las Estipulaciones del presente Acuerdo.

b) Cuando la información ya estuviera en el conocimiento del RECEPTOR con anterioridad

a la firma del presente Acuerdo y sin obligación de guardar confidencialidad.

c) Cuando la legislación vigente o un mandato judicial exija su divulgación. En ese caso,

EL RECEPTOR notificará al DIVULGANTE tal eventualidad y hará todo lo posible por

garantizar que se dé un tratamiento confidencial a la información.

d) En caso de que EL RECEPTOR pueda probar que la información fue desarrollada o

recibida legítimamente de terceros, de forma totalmente independiente a su relación

con EL DIVULGANTE.

CUARTA.- Los derechos de propiedad intelectual de la información objeto de este Acuerdo

pertenecen al DIVULGANTE y el hecho de revelarla al RECEPTOR para el fin mencionado en la

Estipulación Primera no cambiará tal situación.

En caso de que la información resulte revelada o divulgada o utilizada por EL RECEPTOR de

cualquier forma distinta al objeto de este Acuerdo, ya sea de forma dolosa o por mera

negligencia, habrá de indemnizar al DIVULGANTE los daños y perjuicios ocasionados, sin

perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder a este último.

QUINTA.- Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, antecedentes facilitados

en cualquier tipo de soporte y, en su caso, las copias obtenidas de los mismos, que constituyan

información amparada por el deber de confidencialidad objeto del presente Acuerdo en el

supuesto de que cese la relación entre las partes por cualquier motivo.

SEXTA.- El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de la firma del mismo por ambas

partes, extendiéndose su vigencia hasta un plazo de 5 años después de finalizada la relación

entre las partes o, en su caso, la prestación del servicio.

SÉPTIMA.- En caso de cualquier conflicto o discrepancia que pueda surgir en relación con la

interpretación y/o cumplimiento del presente Acuerdo, las partes se someten expresamente a

los Juzgados y Tribunales del Distrito Federal, con renuncia a su fuero propio, aplicándose la

legislación vigente.

Y en señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente

Acuerdo, lo firman las partes por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha al

comienzo indicados.

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